Código de Conducta de Acaya

D101 Ver 05   |   Noviembre de 2014

1. Normas generales de conducta

1.1. Cumplimiento de la Ley

El cumplimiento de la Ley y del Derecho es primordial para Acaya. Cada empleado debe atender a las normas legales que establezcan las leyes aplicables en su ámbito de trabajo. El incumplimiento de la Ley debe evitarse bajo cualquier circunstancia, especialmente aquellos incumplimientos perseguidos con penas de prisión, multas o sanciones económicas.

El incumplimiento implicará para los empleados la asunción de las consecuencias disciplinarias laborales por quebrantar sus obligaciones con independencia de las sanciones que estén previstas por la Ley.

 

1.2. Responsabilidad de la imagen de Acaya

La imagen de Acaya viene determinada fundamentalmente por la presencia, la actuación y el comportamiento de cada uno de los miembros que lo integran. Un comportamiento inadecuado puede ocasionar un grave daño para la compañía.

Se insta a cada uno de los miembros al cuidado de la imagen de Acaya. Durante el cumplimiento de sus funciones se deberá ajustar el comportamiento a este objetivo.

 

1.3.  Respeto, sinceridad e integridad.

Siempre se respetará la dignidad personal, la vida privada y los derechos morales de cada persona, tanto del resto de los miembros de Acaya, como muy especialmente de los participantes en las actividades. Por ello no se practicará ninguna discriminación, ni acoso o faltas de respeto por motivos de género, nacionalidad, cultura, religión o sexual.

Se mantendrá siempre una actitud abierta y tolerante, en cumplimiento sincero de cada una de las responsabilidades encomendadas.

Ambas partes rechazan de manera tajante cualquier actitud de maltrato o de abuso a menores, asumiendo una actitud activa en la lucha contra cualquiera de sus formas.

Todas aquellas actividades susceptibles de diversas visiones deberán ser aprobadas por el cliente y la empresa, quedando registro de dicha aprobación.

 

1.4.  Dirección, responsabilidad y supervisión.

Cada Coordinador de Área y Coordinador de Actividad es responsable de sus empleados. En todo momento deberá demostrar un adecuado comportamiento, rendimiento, sinceridad y competencia social ejemplar. Se fijarán objetivos claros y realistas. La coordinación y seguimiento se llevarán a cabo a través de confianza, dejando suficiente responsabilidad personal. Asimismo, existirá una disponibilidad para que les sean expuestos problemas profesionales y conflictos personales, y resolverlos.

2. Tratos preferentes y actividades concurrentes

2.1. Respeto a las normas de competencia.

Cada empleado está obligado a cumplir las reglas de la libre competencia. Cualquier comportamiento que suponga una infracción regular a las situaciones de desleal competencia, deberá ser abandonada de inmediato.

No se deberán hacer regalos a funcionarios ni a instituciones públicas.Los empleados que firmen acuerdos o contratos con proveedores deberán cuidar que éstos tampoco ofrezcan o concedan situaciones ventajosas ilegales.

 

2.2. Reclamación y aceptación de ventajas.

Ningún empleado deberá utilizar su posición profesional para exigir ventajas, reclamarlas, procurarlas o aceptarlas. Esto no incluye la aceptación de regalos ocasionales de escaso valor; cualquier otro tipo de regalo se deberá rechazar o devolver.

 

2.3. Actividades profesionales secundarias.

La aceptación de un segundo empleo remunerado se deberá notificar previamente y por escrito a Acaya. Se podrá obligar al empleado a no realizar una actividad profesional secundaria se ésta repercute negativamente en el rendimiento del trabajo, sea contrario a las obligaciones dentro de la empresa o en caso de existir peligro de colisión de intereses. Se exceptúan actividades ocasionales, pero deberán de avisarse.

 

2.5. Obligación de secreto.

Existe la obligación esencial de confidencialidad sobre los asuntos internos de la empresa que no sean públicos. Esto incluye detalles que afecten a la organización de Acaya y sus instalaciones, procesos de proyectos y licitaciones y datos de informes internos. Esta obligación pervivirá incluso una vez finalizada la relación laboral.

 

2.6. Obligación de secreto.

El acceso a Internet y a intranet, el intercambio de información son ventajas de carácter informático que sin embargo están unidas a riesgos para la seguridad de datos y a la protección de las comunicaciones. La prevención eficaz de estos riesgos es una parte importante de gestión informática y del comportamiento de cada uno.

3. Medio ambiente, Seguridad y Salud

La protección del medio ambiente y la utilización responsable de sus recursos son objetivos de orden primordial para Acaya. Una gestión adecuada a nivel de actividad garantizará el cumplimiento de las obligaciones de medioambiente. En el diseño y planificación de nuestros proyectos deberá primar la ecología, seguridad y protección de la salud.

Todos los empleados deben colaborar en este objetivo ofreciendo un comportamiento ejemplar desde el ejercicio de su trabajo.

Todos los miembros deben atender cuidadosa y continuamente la seguridad personal y muy especialmente la de cada uno de los partícipes.

4.Observaciones y reclamaciones.

Los empleados podrán plantear o señalar determinadas circunstancias que indiquen un desajuste o un conflicto en la empresa.

Los canales para poder plantear dichas observaciones o reclamaciones son a través del coordinador de actividad, del departamento de RRHH o rellenando una hoja de queja/reclamación que están a su disposición en la oficina de Acaya. Respetando siempre el derecho de confidencialidad.

El conflicto planteado se analizará con detenimiento con el fin de evaluar el riesgo y adoptar las medidas correspondientes.

Los empleados deberán plantear y respetar todas las posibilidades de solución de conflictos, sin que se lleven a cabo represalias de ningún tipo.